Decanos de
tres facultades determinaron que el contralor mintió al señalar que cumplió con
los requisitos exigidos para obtener el título de contador. Informe será
entregado mañana al Consejo Universitario, que determinará la sanción.
Una comisión especial, nombrada por el Consejo Universitario
de la Universidad Nacional de San Agustín (UNSA), determinó por unanimidad que
el título profesional de contador público que obtuvo el contralor de la
república, Edgar Alarcón Tejada, el año 2000, no cumplió los requisitos de ley
y, por tanto, devendría en nulo.
La comisión formada tras las denuncias de plagio en el
Trabajo-Informe que empleó Alarcón para titularse está integrada por los
decanos de las facultades de Derecho, Javier Lizárraga, quien la preside; de
Contabilidad, Orlando Macedo; y de Filosofía y Lingüística, Dante Callo.
Según el informe a presentarse mañana ante el Consejo,
Alarcón ni siquiera cumplió los requisitos para obtener el título profesional
en marzo del 2000, al no acreditar el mínimo de tres años de experiencia en el
campo, razón por la que los decanos no se pronunciaron sobre el plagio.
Para el presidente del grupo especial, Javier Lizárraga, ha
quedado probado que el contralor obtuvo el título en forma fraudulenta, ya que
al momento de solicitarlo aseguró que cumplía los requisitos que exigía la ley
y el reglamento para lograr el título.
De acuerdo al Art. 27 del Reglamento de Grados y Títulos de
la Facultad de Ciencias Contables y Administrativas, en ese entonces el
bachiller podía optar por una de tres modalidades para obtener el título
profesional: presentación y sustentación de tesis; rendición del examen de
suficiencia; o acreditar tres años de experiencia profesional acompañando un
Trabajo-Informe que describa la experiencia laboral, además de exponer
actividades específicas “de las que fluyan conclusiones y sugerencias para el
campo profesional”.
Alarcón se acogió a la última opción, pero no cumplió con
describir su experiencia o aportar sugerencias y conclusiones.
Según el Art. 39 del mismo Reglamento, la documentación
debía incluir un certificado de trabajo que acredite un mínimo de tres años de
ejercicio profesional. También era obligatorio incluir la boleta de pago o
constancia de remuneración.
la republica
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